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No pierda beneficios - El tiempo es limitado cuando presenta un reclamo de Compensación al Trabajador

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No pierda beneficios: El tiempo es limitado cuando presenta un reclamo de Compensación al Trabajador

En Compensación al Trabajador no hay margen para dudar.

Por ley, un empleador debe pagar beneficios de Compensación al Trabajador si usted se lastima en el trabajo, ya sea que su lesión la causó un evento específico o una exposición repetida (el Estado de California reconoce esto como Trauma Acumulativo, como el síndrome de túnel carpiano, tendinitis o pérdida de audición). Sin embargo, el tiempo es vital si desea acceder a esos beneficios, que incluyen salarios perdidos y atención médica, así como beneficios por incapacidad temporal, por incapacidad permanente, suplementarios por desplazamiento laboral y por fallecimiento.

En California hay dos pasos principales para reportar una lesión relacionada con el trabajo: informar a su empleador y luego presentar un reclamo de Compensación al Trabajador. Estos son los límites de tiempo para ambos procesos:

LÍMITES DE TIEMPO PARA INFORMAR A SU EMPLEADOR

Como regla general: Informe sobre la lesión lo antes posible a su supervisor, empleador u otra persona del área administrativa para evitar problemas y demoras en la obtención de beneficios, incluida la atención médica. Según el Departamento de Relaciones Industriales de California, si su empleador no se entera de su lesión en un periodo de 30 días, podría perder su derecho a recibir beneficios de Compensación al Trabajador.

Si la lesión se desarrolló gradualmente y ocurrió con el tiempo, lo que se conoce como Trauma Acumulativo, el límite de tiempo puede volverse menos claro. Si este es el caso, debe informar sobre su lesión en un periodo de 30 días después de darse cuenta de que su lesión se debió al trabajo.

Si su lesión requiere tratamiento de emergencia, no pierda tiempo y llame al 911 o vaya a una sala de emergencias; informe al personal médico que su lesión está relacionada con el trabajo. Su empleador debe asegurarse de que tenga acceso inmediato a atención de emergencia y puede decirle a dónde ir para recibir tratamiento. Tiene derecho a recibir hasta $10,000 dólares en atención médica según las indicaciones de tratamiento mientras su empleador decide si acepta o rechaza su reclamo.

LÍMITES DE TIEMPO PARA PRESENTAR SU FORMULARIO DE RECLAMO DWC-1

Al presentar un Formulario DWC-1 comienza oficialmente el proceso de reclamo de Compensación al Trabajador. Si no ha llenado un formulario, su abogado puede hacerlo por usted. Tiene 1 año a partir de la fecha de la lesión para presentar su Formulario de Reclamo DWC-1. Solo necesita entregar el formulario llenado a su empleador y él/ella lo presentará a la compañía de seguros en un periodo de 5 días.

El empleador debe entregarle o enviarle por correo el Formulario de Reclamo DWC-1 un día hábil después de que informó su lesión o enfermedad (o que su empleador se enteró de ello). Si esto no ocurre, obtenga uno por parte de un oficial de Información y Asistencia de Compensación al Trabajador de California, llamando al 1-800-736-7401.

Aunque tiene un año completo para presentar su reclamo, le conviene hacerlo lo antes posible. La forma más eficiente de aplicar por Compensación al Trabajador es que su formulario DWC-1 llenado sirva como la notificación por escrito en el plazo inicial de 30 días. Una vez que lo hizo, el caso permanecerá abierto hasta que sea resuelto o denegado.

No se preocupe si no puede completar un formulario de reclamo debido a incapacidad u hospitalización, el hecho de que su empleador esté enterado sobre su lesión se considera aviso suficiente para comenzar el proceso.

Para obtener más información sobre cómo presentar un formulario DWC-1, puede leer nuestro blog Cuándo y cómo debes llenar un Formulario DWC-1.

¿QUÉ OCURRIRÁ SI PRESENTA SU RECLAMO TARDE?

Si no informa la lesión a su empleador dentro de los 30 días, corre el riesgo de no ser elegible para los beneficios de Compensación al Trabajador. Sin embargo, de acuerdo con la Sección 5402 del Código Laboral de California, si puede probar que su empleador debía saber acerca de la lesión, entonces todavía es elegible.

Por ejemplo, aún es elegible para compensación si se ha quejado con su empleador sobre el dolor físico causado por una actividad/tarea laboral. Además, aún es elegible si otro empleado ha informado a su empleador que tuvo un accidente laboral.

Si no pudo reportar su reclamo dentro del plazo, contáctenos al 888-740-6434 o programe una cita aquí. Es posible que aún podamos ayudarlo y trabajaremos arduamente para desarrollar su reclamo, discutir sus méritos y luchar para obtener la compensación que merece.

Pacific Workers', The Lawyers for Injured Workers es el principal bufete de abogados de Compensación al Trabajador en el norte de California. Representamos a los primeros respondientes, empleados del sector salud, de la construcción, minoristas, de almacén, choferes de reparto y otros arduos trabajadores que mantienen a nuestra comunidad en movimiento mientras pelean por la justicia contra las compañías de seguros.

Con más de 250+ reseñas de Cinco Estrellas; un personal increíble, calificado, atento y con tecnología avanzada para una comunicación superior con el cliente; un récord de casos ganados de más de 96%, y una labor de retribución a la comunidad a través de Pacific Workers' Foundation, es fácil ver por qué Pacific Workers' es el bufete de abogados de referencia para todos los trabajadores lesionados en el norte de California. Opera con oficinas en Oakland, Concord, Stockton y Sacramento.

Si usted o un ser querido necesita nuestra ayuda o simplemente tiene una pregunta, llámenos. ¡Estamos aquí para servir!

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Nuestro equipo está a su disposición para ayudarle con su reclamo de compensación al trabajador. Rellene el formulario que aparece a continuación para empezar o llámenos al (833) 885-8242.

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